Desaparición forzada: Expertos regionales y de la ONU en derechos humanos piden justicia para las víctimas sin demora
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29 agosto 2023
Comunicados de prensa
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GINEBRA (29 de agosto de 2023) – Expertos en derechos humanos de la ONU* y regionales** instaron a todos los Estados a brindar acceso efectivo a la justicia a las víctimas de desapariciones forzadas, incluido cualquier individuo que haya sufrido daños como resultado directo de una desaparición forzada.
"Garantizar el derecho de las víctimas a la justicia requiere tomar todas las medidas necesarias para descubrir la verdad", dijeron los expertos en una declaración antes del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas.
Advirtieron que garantizar un acceso adecuado a la justicia y una rendición de cuentas adecuada para los perpetradores en todos los niveles de la cadena de mando es fundamental para transmitir un mensaje contundente de que la desaparición forzada –un delito según el derecho internacional de los derechos humanos– no está permitida ni tolerada.
“En su lucha diaria por la justicia, las víctimas a menudo enfrentan amenazas, intimidación, represalias y estigmatización. Esto debe terminar y las víctimas deben tener acceso a asistencia jurídica gratuita para garantizar que su situación financiera no les impida buscar justicia”, dijeron los expertos.
En el contexto del 75° aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Comité sobre Desapariciones Forzadas, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Presidente del Grupo de Trabajo sobre Pena de Muerte, Extrajudicial, Resumen o Asesinatos Arbitrarios de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y los Representantes de Indonesia y Malasia ante la Comisión Intergubernamental de Derechos Humanos de la ASEAN pidieron conjuntamente a todos los Estados que se comprometan a promover la justicia para todas las víctimas de desapariciones forzadas sin demora y a ratificar instrumentos internacionales y regionales sobre desapariciones forzadas.
“El acceso a la justicia no debe ser meramente teórico, sino garantizarse en la práctica a través de medidas concretas que promuevan y valoren plenamente la participación genuina y significativa de las víctimas y sus representantes durante todo el proceso”, dijeron los expertos.
TERMINA
EM. Aua Baldé (Presidenta-Relatora), Sra. Gabriella Citroni (Vicepresidenta); EM. Grażyna Baranowska (Polonia); Ana-Lorena Delgadillo Pérez (México); Grupo de Trabajo de Angkhana Neelapaijit (Tailandia) sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias; Señor. John Paul Alban Alencastro (Relator), Sr. Mohammed Ayat (Vicepresidente); Matar Diop, Sr. Oliver de Frouville, Sra. Suela Janina, Sr. Fidelis Kanyongolo, Sra. Milica Kolakovic-Bojovic (Vicepresidenta); Sr. Barbara Lochbihler (Vicepresidente); Horace Ravenna y la Sra. Carmen Rosa Villa Quintana (Presidenta), del Comité de la ONU contra las Desapariciones Forzadas
Honorable. Idrissa Sow (Presidenta), Grupo de Trabajo sobre Pena de Muerte y Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias, Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos; Sra. Yuyun Wahyuningrum, Representante de Indonesia, y Profesora Dato' Dr. Aishah Bidin FASc, Representante de Malasia ante la Comisión Intergubernamental de Derechos Humanos de la ASEAN (AICHR).
El Comité contra las Desapariciones Forzadas es uno de los órganos de tratados de las Naciones Unidas. Reúne a 10 expertos independientes encargados de monitorear la implementación de la Convención para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas por los Estados partes. Estos expertos son personas de gran carácter moral y reconocida competencia en el ámbito de los derechos humanos, designados por los Estados partes en la Convención. Prestan servicios a título personal y son independientes e imparciales. Hasta la fecha, el Convenio ha sido ratificado por 72 Estados miembros.
Los Grupos de Trabajo forman parte de lo que se conoce como Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Procedimientos Especiales, el cuerpo más grande de expertos independientes en el sistema de Derechos Humanos de la ONU, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y monitoreo del Consejo que abordan situaciones específicas de países o cuestiones temáticas en todas partes del mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno u organización y sirven a título individual.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
La CIDH es un organismo principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que deriva su mandato de la Carta de la OEA y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover el respeto y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en esta área. La Comisión está compuesta por siete miembros independientes que son elegidos a título individual por la Asamblea General de la OEA y que no representan a sus países de origen o residencia.
La Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP)
La Carta Africana estableció la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. La Comisión fue inaugurada el 2 de noviembre de 1987 en Addis Abeba, Etiopía. Posteriormente, la Secretaría de la Comisión se ubicó en Banjul, Gambia. Además de realizar cualesquiera otras tareas que le pueda encomendar la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno, la Comisión tiene oficialmente tres funciones principales: la protección de los derechos humanos y de los pueblos; la promoción de los derechos humanos y de los pueblos; la interpretación de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.
Comisión Intergubernamental de Derechos Humanos de la ASEAN (AICHR)
La AICHR fue inaugurada por los líderes de la ASEAN el 23 de octubre de 2009 y fue mejorada con la adopción de la Declaración de Derechos Humanos de la ASEAN (AHRD) en noviembre de 2012. La AICHR está diseñada como una institución global con responsabilidad general para la promoción y protección de los derechos humanos. en la ASEAN. Los miembros de la AICHR se denominan Representantes, quienes son designados por sus respectivos Gobiernos. La toma de decisiones de la AICHR se basa en consultas y consensos.
Sr. Ugo Cedrangolo (+41 (0)22 917 9286 / [email protected]) o escribir a [email protected]; Sra. Albane Prophette-Pallasco (+41 (0)229179719/ [email protected]) o escriba a [email protected]
Vivian Kwok en [correo electrónico protegido]
Maya Derouaz ([correo electrónico protegido]) o Dharisha Indraguptha ([correo electrónico protegido]).
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